Carta Puebla

1241, Enero.
La Orden del Temple otorga carta de población a treinta pobladores de La Cuba, fijándose los términos de la localidad.
Este trasunto se hace con fidelidad el 30 de Junio de 1304, tomado de un documento de este tenor.
En nombre de Dios. Conozcan todos los presentes y venideros que yo Frey G. (uillén) de Ager, por mandato del preceptor de Cantavieja Frey R. (aimunto) de Serra, humilde Maestre de las casas de la Milicia del Templo en Cataluña y en Aragón, y con el asenso y voluntad de Fr. Rigaldo, Fr. P, de Ager, Fr. Bertrán de Bompar, Fr. Juan, camarero de Cantavieja y con la voluntad de todos los demás del convento, damos, concedemos y firmamos a los treinta pobladores y sus descendientes sobre el doblamiento (del terreno) que está en el término de Cantavieja y se llama el valle de Desledón para todos los sucesores, con sus ademprios, a saber: de aguas, caminos, montes, bosques, pastos, carrascales, y en general todas las pertenencias que suelen darse en otros actos de poblar.
Los términos del valle de Desledón para poblar son: según va el barranco hondo y sale al collado de Mirambel y va a la Peña Dreta de la torre de Gerrín y sale al horcajo de la Cogullada, y según va a la sierra de Mirambel y sale al cabezo del Aljub y sigue la sierra hasta el río de las Albaredas y avanza hasta el río de Cantavieja y por el mismo río arriba hasta el barranco hondo.
Todo el susodicho doblamiento del valle de Desledón con estos términos y límites, por nosotros y nuestros sucesores donamos, concedemos y aplaudimos a los susodichos pobladores y sus sucesores libre y sinceramente ahora y por siempre según se dijo arriba, y hasta mejor si cabe decir para utilidad de ellos y nuestra.
Retenemos sin embargo de esta donación las iglesias con todos sus derechos a saber: diezmos y primicias y todas otras cosas de derecho que sabemos pertenecen a las iglesias. Me reservo también el horno y los molinos, los impuestos de toda mercancía, los juicios y las caloñas, el botín del enemigo y cabalgada, bajo este pacto de que vosotros desde esta próxima fiesta de San Juan Bautista hasta dos años no hagáis el servicio de hueste ni cabalgada, y a partir de entonces hagáis como hicieron los hombres de Cantavieja y en general cualquier otra donación.
Y yo Fr. G. de Ager, a mandato del señor Maestre, retenidas las cosas dichas arriba, ordeno y establezco en mi nombre y de mis sucesores que los pobladores del valle Desledón y sus sucesores sean libres ahora y para siempre por todos los siglos de los siglos amén.
Y en todo proceso de justicia en sus causas procedan a tenor del Fuero de Cantavieja, como los hombres de Cantavieja han poblado ahora y por siempre por su Fuero.
Y nosotros todos los pobladores de Valledesledón laudamos, concedemos y firmamos esta carta en nombre propio y de nuestros sucesores llevar a cabo con fidelidad, firmar y guardar todo lo escrito arriba, en la forma que mejor se dice y puede entenderse.
Se hizo esto con el asenso, voluntad y consejo de Bernardo escolar, P. Vidal, P. Juárez, G. Narbones, F. Flovian y B. de Puigbriaut.
Y yo Frey Guillén de Ager, preceptor de Cantavieja esta carta firmo y este sig+no hago. Sig+no de Fr. Rigaldo. Sig+no de Fr. P. de Ager. Sig+no de Fr. Bertrán de Bompar. Sig+no de Fr. Juan camarero. Reinando el rey Jaime en Aragón.
Se hizo esto el mes de Enero del año del señor (de la Encarnación) 1241. Boneto diácono escribió y este signo hizo. Sig+no de Miguel mercader, notario público de Cantavieja de testigo. Sig+no de Bartolomé Peregrín notario público de Cantavieja que se firmó como testigo. Sig+no de G. Faber notario público de Villarluengo, que este trasunto hizo.